Cientos de contratos de alquiler en Valladolid incumplen la ley al no depositar la fianza en la Cámara de la Propiedad Urbana

Ago 26, 2025 | Notas de prensa, Noticias

El desconocimiento de esta obligación legal puede acarrear sanciones de hasta 90.000 euros. CAMPRUVA advierte de este trámite ante el incremento de contratos de alquiler en el mes de septiembre. La Cámara de la Propiedad Urbana de Valladolid recuerda que el depósito de la fianza de los contratos de alquiler es una obligación legal recogida en el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Este requisito afecta tanto a viviendas como a locales comerciales, oficinas o naves industriales.

texto relacionado con el contenidoA pesar de ello, una parte significativa de los contratos de arrendamiento formalizados en la provincia siguen sin cumplir esta obligación, lo que puede suponer un grave incumplimiento normativo y acarrear sanciones económicas que oscilan entre 10.000 y 90.000 euros, en función de la infracción.

Una garantía legal para ambas partes

El depósito de la fianza no es un mero trámite administrativo, sino una garantía de seguridad jurídica para las dos partes implicadas: propietario e inquilino. Este proceso se realiza, en el caso de Valladolid, a través de la Cámara de la Propiedad Urbana, que actúa como concesionaria oficial de la Junta de Castilla y León para la gestión de estas fianzas.

Cuando la fianza se deposita correctamente, el arrendamiento queda debidamente registrado y el contrato obtiene validez frente a terceros. Esto es fundamental, por ejemplo, para realizar gestiones como el cambio de titularidad en los suministros de luz, agua o gas. Además, permite resolver con mayor claridad posibles desacuerdos durante o al finalizar el contrato. También protege al inquilino, ya que obliga al propietario a justificar cualquier deducción sobre la fianza y a devolverla si no existen impagos ni daños.

Tal y como subraya el presidente de la Cámara de la Propiedad Urbana, Pablo Ferreras: “El depósito de la fianza no solo es una garantía para el propietario, también lo es para el inquilino y para terceros. No cumplir este trámite pone en riesgo la validez del contrato y abre la puerta a sanciones importantes”.

Riesgos del incumplimiento

Desde la Cámara se ha detectado un alto nivel de desconocimiento entre propietarios e inquilinos sobre esta obligación, lo que genera situaciones de vulnerabilidad legal y conflictos. Por ejemplo, inquilinos que descubren que su fianza no está depositada legalmente pueden presentar denuncias, especialmente en momentos de negociación de condiciones, renovaciones o subidas de renta.

En otros casos, propietarios que se niegan a devolver la fianza o que no pueden justificar el uso de ese dinero ante la falta de depósito formal incurren en incumplimientos legales que pueden derivar en sanciones o litigios.

Con la llegada del mes de septiembre se dispara la firma de nuevos contratos de alquiler, especialmente en ciudades como Valladolid. Estudiantes universitarios, profesores desplazados, jóvenes que se independizan y familias que comienzan una nueva etapa son los principales protagonistas de este repunte. Este contexto convierte septiembre en un momento clave para recordar la importancia de cumplir con todas las obligaciones legales en materia de arrendamiento, especialmente el depósito de la fianza.

Trámite rápido, gratuito y beneficioso

El proceso para depositar la fianza es sencillo, gratuito y aporta grandes ventajas. Basta con registrar el contrato de arrendamiento firmado en la Cámara y depositar el importe correspondiente a la fianza, que será custodiado por CAMPRUVA hasta la finalización del contrato.

Además, el depósito en CAMPRUVA garantiza que el inquilino recuperará la totalidad de la fianza al finalizar el contrato, con independencia de su duración, siempre que no existan impagos o daños justificados.

¿Cuánta fianza es obligatoria en un contrato de alquiler?

La Ley de Arrendamientos Urbanos establece una fianza mínima obligatoria que varía según el tipo de inmueble y la duración del contrato. Estos son los importes mínimos que deben respetarse:

Vivienda habitual (larga duración)

Fianza mínima obligatoria: 1 mes de renta. Puede ampliarse con garantías adicionales (aval, depósito extra…) si lo acuerdan las partes

Vivienda de uso temporal (Ej. estudiantes, traslados laborales, alquiler vacacional…)

Fianza mínima obligatoria: 2 meses de renta También ampliable con garantías adicionales

Locales comerciales, oficinas, naves industriales o plazas de garaje

Fianza mínima obligatoria: 2 meses de renta. Posibilidad de exigir garantías adicionales según el tipo de contrato

El cumplimiento de este requisito aporta:

  • Seguridad jurídica frente a terceros
  • Garantía para el propietario en caso de impagos o daños
  • Protección para el inquilino frente a retenciones indebidas
  • Evita sanciones administrativas importantes
  • Recuperación íntegra de la fianza, sin importar la duración del contrato
  • Tramitación sin coste para ninguna de las partes

Además, el contrato registrado sirve como prueba legal de la duración, condiciones pactadas y obligaciones mutuas, lo que facilita su cumplimiento y resolución en caso de conflicto. Cumplir con este requisito no solo evita sanciones, sino que fortalece la relación contractual, aporta transparencia y protege los derechos de ambas partes.