SE PRORROGA HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2022 LA LIMITACIÓN A LA ACTUALIZACIÓN DE RENTAS DE ALQUILER

Jul 5, 2022 | Noticias

El 27 de junio de 2022 entró en vigor el Real Decreto Ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se prorroga las medidas aprobadas por el Gobierno en el anterior Real Decreto Ley 6/2022, de 29 de marzo, y que establecían, de forma temporal y excepcional, la limitación a la actualización de las rentas de alquiler a los contratos de alquiler de vivienda habitual y permanente.

¿A qué contratos afecta a la medida?
Con la prórroga aprobada por el Gobierno, la limitación a la actualización de las rentas de alquiler afectará a los contratos de arrendamiento de vivienda habitual y permanente (quedan excluidos los de renta antigua, locales, contratos de temporada, etc.) que cumplan una anualidad de vigencia en el período comprendido entre el 31 de marzo y el 31 de diciembre de 2022.

¿En qué consiste esa limitación?
Al revisar el contrato, las partes podrán pactar cuál será el incremento a aplicar, y en ausencia de este pacto el incremento de la renta no podrá exceder del resultado de aplicar la variación anual del índice de Garantía de Competitividad publicado en la fecha actualización, según se explica a continuación.

¿Cuál es el índice de Garantía de Competitividad a aplicar?
En virtud de la Ley 2/2015, de 30 de marzo, cuando la tasa de variación de este índice se sitúe por debajo del 0% se tomará este valor como referencia, es decir, no se aplicará la revisión. Cuando la tasa se sitúe por encima del 2%, este índice se tomará como valor máximo para su actualización.

¿Qué ocurre si el arrendador es una gran tenedor?
En este caso, la posibilidad de pacto sobre el incremento a aplicar tendrá el límite del 2%, por lo que no podrá pactarse una revisión que suponga aplicar un índice superior.
Por el contrario, cuando el arrendador no tenga la consideración de gran tenedor, podrá pactar con el arrendatario un incremento superior, y sólo si no se alcanza este pacto, se aplicará el límite del 2%.